Conciliaciones Bancarias en Requerimientos de SAT
Conciliaciones Bancarias en Requerimientos de SAT
A partir de noviembre 2021, SAT notifico a todos los contribuyentes con calificación especial que como parte de los derechos que tiene la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, es el requerir información para verificar el contenido de las declaraciones e informaciones por procedimientos técnicos de análisis e investigación que se estime pertinentes. Esto de conformidad con lo establecido en los artículos 98 numeral 3 y 112 numeral 7 del Decreto 6-91 del Congreso de la República de Guatemala, Código Tributario y sus reformas, la Superintendencia de Administración Tributaria.
De acuerdo con lo anterior los contribuyentes deben de proporcionar a la Administración Tributaria la información que le sea requerida, referente a actos, contratos u otros hechos o relaciones mercantiles con terceros generadores de tributos. Por lo tanto, a partir de enero 2022, dentro de los requerimientos de las auditorías fiscales se incluirá: Presentar la Conciliación Bancaria mensual de todas las cuentas bancarias, correspondiente al período a fiscalizar, para lo cual la Superintendencia de Administración Tributaria proporcionará un modelo en el que se deberá incluir toda la información que se requiera.
El propósito de presentar la conciliación bancaria es que el contribuyente realice las acciones preventivas necesarias a efecto que, de ser seleccionado para una revisión, pueda cumplir con presentar la información dentro del plazo legal correspondiente. Cabe la pena mencionar que dentro del mismo modelo proporcionado por la Administración Tributaria se realizaran verificaciones como pagos a no residentes, dividendos y relacionadas.
Para una mejor comprensión la Superintendencia de Administración Tributaria realizará la socialización sobre el tema, la cual será difundida a través de las redes sociales y por correo electrónico u otros medios que la administración tenga a su disposición.
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